Moratorias previsionales: qué pasará con los trámites en el 2023
Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la ANSES, dialogó en exclusiva con Conexión Jubilados para despejar todas las dudas al respecto.
8 de enero de 2023
El 31 de diciembre del 2022, finalizó la moratoria previsional que estaba vigente. Dicha moratoria establecía la posibilidad de que trabajadores autónomos o en relación de dependencia que reunían los requisitos de edad para una jubilación o pensión por fallecimiento de un trabajador, pero no tenían los años de servicios con aportes, pudieran jubilarse a través de la adhesión a una moratoria, que les permitía completar los años de aportes faltantes.
El plazo concluyó, pero quienes habían solicitado el turno para iniciar el trámite de su jubilación antes del 31 de diciembre del 2022, con fecha otorgada para el 2023, "siguen amparados por la ley de moratoria que venció", destacó la periodista de Conexión Jubilados, Paula D'Ambrosio. Esta medida queda vigente, ya que el turno se había adquirido con anterioridad al plazo de finalización (31/12/2022).
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"Si el jubilado es parte de esa enorme mayoría de personas que no alcanzan a tener 30 años de aportes, se va a acercar al organismo, cualquiera de las 423 oficinas que tiene la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Un trabajador iniciador de las jubilaciones le va a explicar que, efectivamente, por tener el turno después del 31 de diciembre del año pasado, no va a poder tener el trámite de la jubilación. Se le explicará a las personas que tienen que volver cuando podamos contar con esta ley. Hay que tener precisión en la explicación para que todos sepan por qué esa persona no accede a una jubilación. Por supuesto, hay que tener mucha esperanza para pensar en que vamos a tener esa posibilidad de que existan las jubilaciones en la Argentina", explicó Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la ANSES.
En cuanto al proyecto de ley, Raverta destacó: "Este es un proyecto muy novedoso que se llama 'Plan de Pago de Deuda Prevional'. Contiene dos capítulos importantes. La primera tiene que ver con que si no tenés los 30 años de aportes, puedas pagar esa deuda en concepto de aportes y contribuciones una vez que estás jubilado. Esto quiere decir que accedes a la jubilación y se descuenta mes a mes con un plan de pago, esos años que no pagaste cuando eras económicamente activo ... El otro capítulo espara aquellos hombres y mujeres de la Argentina que están trabajando, pero que ya deben algunos años que ya pasaron. Que no tienen registrados en nuestra base, que no han sido aportados".